
UN RETRATO HABLADO DE LO QUE PASA EN NAGUA CON LA CANDIDATURA A SINDICO
´´EL TRANSFUGUISMO´´
Uno de los pecados capitales del Partido Revolucionario Dominicano ha consistido en considerar que las posiciones mayoritarias, de conveniencia política o electoral, se imponen a las formalidades jurídicas. Ese criterio va cambiando pero todavía tiene raíces importantes en el PRD.
En el partido se ha creado una poderosa corriente que exige el respeto de lo dispuesto en el artículo 174, párrafo 3ro, de los Estatutos Generales. El referido artículo establece claramente que: “Los aspirantes a puestos congresionales deberán tener una militancia ininterrumpida de cinco años...”.
Los dirigentes y militantes que cometieron tránsfugo pueden ser clasificados en dos categorías: a) los que asumieron esa actitud, con razón o sin ella, pero no se dedicaron a hacerle daño al PRD; y b) los que burlaron la confianza depositada en ellos por los perredeístas y se empeñaron en mofarse de nosotros, proferir todo tipo de improperios contra el PRD y denostar con virulencia, llegando hasta la difamación, a sus dirigentes.
Hay casos en los cuales con recursos económicos de dudosa procedencia se pretende comprar adhesiones partidarias y burlar lo dispuesto en el artículo 174, párrafo 3ro. Para tales fines, se ha llegado incluso a invocar una amnistía supuestamente aprobada por
Lo que sí existe es
La interpretación correcta de esta resolución aparece en una comunicación luminosa y conceptuosa, firmada por Ramón Alburquerque y Orlando Jorge Mera, en sus respectivas calidades de Presidente y Secretario General, en fecha 11 de noviembre de 2008, y dirigida al Licenciado Miguel Zabala Gómez, Presidente del Comité Municipal del PRD en Montecristi.
La referida comunicación señala: “Cortésmente acusamos recibo de su comunicación de octubre 13 del presente año, solicitando copia de
Le estamos remitiendo copia de dicha Resolución del 28 de mayo del 2007 la cual se explica por si misma, sin embargo, entendemos apropiado hacer las siguientes puntualizaciones: 1-
3- Esta Segunda Resolución tuvo el propósito de generar crecimiento electoral, sin afectar en lo más mínimo la moral política contenida en nuestros Estatutos Generales que exigen plena lealtad a su militancia. 4- Los artículos 174, 175, 176, 177 y 178 son rigurosos y demandan su fiel cumplimiento. Finalmente, le exhortamos a reforzar el celo disciplinario a fin de mantener la unidad sin la cual no habrá retorno al poder, ni en el 2010, ni en el 2012. Reciba el testimonio de nuestra admiración y afectos. Fraternalmente, Ramón Alburquerque, Presidente y Orlando Jorge Mera, Secretario General”. Más claro ni el agua.
Los compañeros Ramón y Orlando, inspirados por la divinidad escribieron palabras verdaderas. Los Estatutos son válidos en todo momento y deben ser observados y aplicados a todos los dirigentes y militantes, desde el Presidente Miguel Vargas hasta el más humilde y digno de nuestros compañeros de organización.
Si el PRD quiere reclamar respeto a la legalidad por parte del Gobierno y del PLD, debe respetar la propia, de lo contrario, estará tirando piedras a techo ajeno teniendo su propio techo de cristal.
La ciudadanía responsable reclama un comportamiento coherente de sus partidos políticos. El estado social y democrático de derecho que establecerá como objetivo del pueblo dominicano la nueva constitución, exige transparencia y apego a la ley.
Los compañeros que regresaron al PRD son bienvenidos, sin embargo, tendrán que esperar a que se modifiquen los Estatutos del PRD para aspirar en el 2010 o en el 2012. Parodiando una expresión popular: “culpas del tiempo son y no de los Estatutos”.
Cada cual es responsable de sus actos, los Estatutos no se refieren a nadie en particular, el que no se fue, el que permaneció leal al PRD, a ese no se le aplica el artículo 174, párrafo 3ro. El que cumplió su plazo de 5 años de reingreso, ese puede aspirar, los demás no.